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OEP aprobadaCódigo 0006

Marina Civil

Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil. Administración General del Estado.

Plazas · OEP 2026
10
Grupo
A1
Temas oficiales
118
Ámbito
España

Dónde está ahora

OEP 2026 aprobada. La convocatoria se publicará en el BOE.

  1. OEP 2026 publicada en el BOE

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    Fecha límite · fuente

Última convocatoria en el BOE

Publicada
23/04/2026 · OEP 2025
Sistema selectivo
oposición
Plazo de solicitud
Cerrado: terminó el 22/05/2026 · eran 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
Admitidos
Lista del 12/06/2026

La próxima convocatoria puede cambiar requisitos, ejercicios o temario. Comprueba siempre las bases vigentes.

Temario oficial

Programa de la convocatoria (BOE 23/04/2026)

Bloque I · 17 temas
Materias comunes · Organización y funcionamiento de la Administración pública
  1. 1.La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes fundamentales. La estructura de poderes del Estado: legislativo, ejecutivo y judicial. El Tribunal Constitucional.
  2. 2.La Unión Europea: tratados constitutivos y sistema institucional. Competencias de la Unión Europea. Especial referencia a las políticas comunes de transportes e infraestructuras.
  3. 3.Las Comunidades Autónomas: Estatutos de Autonomía y organización institucional. El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. La Administración local: entidades que la integran y competencias.
  4. 4.La Administración General del Estado: organización y funcionamiento. La Organización Central: los Ministerios y su estructura interna. Especial referencia al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. La Organización Territorial: Delegados y Subdelegados del Gobierno. Organización de los servicios territoriales.
  5. 5.Las fuentes del derecho administrativo: concepto y clases (la Constitución, los tratados internacionales, la ley y el reglamento). Las fuentes del derecho de la Unión Europea: derecho originario y derivado (reglamentos, directivas y decisiones).
  6. 6.El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Requisitos. Motivación, notificación y publicación. Eficacia y ejecutividad. La ejecución forzosa. Distinción entre acto administrativo y disposición de carácter general.
  7. 7.El procedimiento administrativo común. Concepto de persona interesada. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento. El silencio administrativo.
  8. 8.Nulidad y anulabilidad de los actos administrativos. La revisión de oficio. Los recursos administrativos: concepto, naturaleza y clases. La jurisdicción contencioso-administrativa y sus órganos. El recurso contencioso-administrativo.
  9. 9.Procedimientos administrativos especiales (I). La potestad sancionadora: regulación, naturaleza y principios rectores. El procedimiento sancionador y sus fases. La responsabilidad patrimonial de la Administración: regulación y principios. El procedimiento de exigencia de la responsabilidad patrimonial.
  10. 10.Procedimientos administrativos especiales (II). La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.
  11. 11.Los contratos del sector público (I). Legislación vigente. Ámbito subjetivo y objetivo de aplicación. Los sujetos parte en el contrato. Tipos de contratos y su regulación específica.
  12. 12.Los contratos del sector público (II). La preparación del contrato: consultas, expediente de contratación y pliegos. La adjudicación del contrato: normas generales y procedimientos de adjudicación. Ejecución y extinción.
  13. 13.Los Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, aprobación, ejecución, modificación y control. El procedimiento de gestión de gastos.
  14. 14.El régimen jurídico de las subvenciones públicas: concepto y ámbito de aplicación. Los procedimientos de concesión. Gestión, justificación y control. El reintegro de subvenciones.
  15. 15.Régimen jurídico del empleo público en las Administraciones públicas. Tipos de empleados públicos. Acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo. Régimen de incompatibilidades.
  16. 16.La normativa europea y española sobre protección de datos de carácter personal: principios, derechos, obligaciones y régimen sancionador. Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El gobierno abierto: concepto y principios informadores.
  17. 17.Políticas de igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas de protección integral contra la violencia de género. Políticas de igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia.
Bloque II · 101 temas
Materias específicas
  1. 1.Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima (1): Título preliminar. Disposiciones generales. Título I. De la ordenación administrativa de la navegación.
  2. 2.Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima (2): Título II. De los vehículos de la navegación: Capítulo I. De los buques, embarcaciones y artefactos navales. Capítulo II. Sección 2.ª De la documentación de los buques nacionales. Capítulo III. De la nacionalidad de los buques. Capítulo IV. De la seguridad de los buques y de las sociedades de clasificación. Título III. De los sujetos de la navegación.
  3. 3.Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima (3): Título IV. De los contratos de utilización del buque. Título V. De los contratos auxiliares de la navegación. Título VI. De los accidentes de la navegación.
  4. 4.Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (1): Título preliminar. Disposiciones generales. Libro primero. Sistema portuario de titularidad estatal: Título I. Organización y gestión. Título IV. Medio ambiente y seguridad. Título V. Dominio público portuario estatal. Título VI. Prestación de servicios: Capítulo I. Servicios. Capítulo II. Servicios Generales. Capítulo III. Servicios portuarios. Capítulo IV. Servicio de señalización marítima. Capítulo V. Servicios comerciales.
  5. 5.Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (2): Libro Segundo. Marina Mercante: Título I. Explotación naviera y Régimen de las Navegaciones. Título II. Administración marítima: Capítulo I. Administración Central. Capítulo II. Administración periférica. Capítulo IV. Cuerpos de la Marina Civil.
  6. 6.Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (3). Libro Tercero. Régimen de Policía: Título I. Reglamento de explotación y policía de los puertos del Estado. Título II. Funciones de Policía especial. Título III. Medidas que garantizan la actividad portuaria y la navegación. Título IV. Régimen sancionador.
  7. 7.Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, 1982 (UNCLOS): Parte I. Introducción. Parte II. El mar territorial y la zona contigua. Parte III. Estrechos utilizados para la navegación internacional. Parte V. Zona económica exclusiva. Parte VI. Plataforma continental. Parte VII. Alta mar. Parte VIII. Régimen de las islas. Parte XII. Protección y preservación del medio marino.
  8. 8.Espacios marítimos españoles y el dominio público marítimo-terrestre: Ley 10/1977, de 4 de enero, sobre mar territorial. Ley 15/1978, de 20 de febrero, sobre zona económica. Real Decreto 236/2013, de 5 de abril, por el que se establece la Zona Económica Exclusiva de España en el Mediterráneo noroccidental. Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas: Título preliminar. Objeto y finalidades de la Ley. Título I. Bienes de dominio público marítimo-terrestre: Capítulo I. Clasificación y definiciones. Título III. Utilización del dominio público marítimo-terrestre: Capítulo I. Disposiciones generales. Título VI. Competencias administrativas.
  9. 9.Estructura y competencias de la Administración marítima (1): Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. Dirección General de la Marina Mercante. Real Decreto 638/2007, de 18 de mayo, por el que se regulan las Capitanías Marítimas y los Distritos Marítimos.
  10. 10.Estructura y competencias de la Administración marítima (2): Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Libro Segundo. Título II. Capítulo III. Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR). Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento 2025-2027.
  11. 11.Organización Marítima Internacional (OMI): Convenio Constitutivo de la Organización Marítima Internacional, 1948: Objetivos de la Organización. Funciones. Miembros. Órganos. La Asamblea. El Consejo. Comité de Seguridad Marítima. Comité Jurídico. Comité de Protección del Medio Marino. Comité de Cooperación Técnica. Comité de Facilitación. Secretaría. Finanzas. Votación. Sede de la Organización. Relaciones con las Naciones Unidas y otras organizaciones.
  12. 12.Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA) y Comité de seguridad marítima y prevención de la contaminación por los buques (COSS): Reglamento (UE) 2025/2434 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de noviembre de 2025, relativo a la Agencia Europea de Seguridad Marítima: Objeto, ámbito de aplicación y objetivos. Tareas de la Agencia. Otras tareas de la Agencia relativas a las relaciones internacionales y la cooperación europea en materia de guardacostas. Organización de la Agencia. Reglamento (CE) 2099/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, por el que se crea el Comité de seguridad marítima y prevención de la contaminación por los buques (COSS) y se modifican los reglamentos relativos a la seguridad marítima y a la prevención de la contaminación por los buques.
  13. 13.Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente del Mar, 1978 (STCW): Articulado. Anexo del Convenio STCW.
  14. 14.Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar. Normas obligatorias relacionadas con las disposiciones del anexo del Convenio STCW (Parte A).
  15. 15.Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante.
  16. 16.Orden del Ministerio de Fomento, de 21 de junio de 2001, sobre tarjetas profesionales de la Marina Mercante. Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003 (Convenio n.º 185 de la OIT).
  17. 17.Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional.
  18. 18.Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero.
  19. 19.Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006 (CTM): Articulado. Reglamento. Parte A del Código. Real Decreto 357/2015, de 8 de mayo, sobre cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, de la Organización Internacional del Trabajo, en buques españoles.
  20. 20.Convenio sobre el trabajo en el sector pesquero, 2007 (Convenio n.º 188 de la OIT). Real Decreto 618/2020, de 30 de junio, por el que se establecen mejoras en las condiciones de trabajo en el sector pesquero.
  21. 21.Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo: Capítulo I. Disposiciones generales. Capítulo II. Sección 4.ª Subsección 1.ª Transportes y Trabajo en el mar. Capítulo II. Sección 4.ª Subsección 5.ª Trabajo en el mar. Real Decreto 525/2002, de 14 de junio, sobre el control de cumplimiento del Acuerdo comunitario relativo a la ordenación del tiempo de trabajo de la gente de mar. Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar. Real Decreto 505/2024, de 28 de mayo, por el que se regulan los reconocimientos médicos de aptitud y la protección de la salud de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero embarcadas.
  22. 22.Registro de buques: Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo. Reglamento (CE) 789/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre la transferencia de buques de carga y de pasaje entre registros de Comunidad y por el que se deroga el Reglamento (CEE) 613/91 del Consejo. Real Decreto 2335/1980, de 10 de octubre, por el que se regula el uso de la Bandera de España y otras banderas y enseñas a bordo de los buques nacionales.
  23. 23.Registro especial de buques y empresas navieras: Texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre: Disposición adicional decimosexta. Registro Especial de Buques y Empresas Navieras. Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias: Título VII. Registro Especial de Buques y Empresas Navieras.
  24. 24.Convenio internacional sobre arqueo de buques, 1969. Resolución A.1215(34) de la OMI, adoptada el 3 de diciembre de 2025, por el que se adopta el Sistema integrado de asignación de un número IMO de identificación.
  25. 25.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS): Protocolo de 1988 relativo al Convenio SOLAS. Capítulo I. Disposiciones Generales: Parte A. Ámbito de aplicación, definiciones, etc. Parte B. Reconocimientos y certificados. Parte C. Siniestros. Apéndice.
  26. 26.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo II-1. Construcción-Estructura, compartimentado y estabilidad, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas: Parte A. Generalidades. Parte B. Compartimentado y estabilidad.
  27. 27.Convenio Internacional sobre líneas de carga, 1966 (LL), modificado por el Protocolo de 1988 relativo al Convenio LL. Código internacional de estabilidad sin avería (Código IS 2008), adoptado por Resolución MSC.267(85) de la OMI: Introducción. Parte A. Criterios obligatorios.
  28. 28.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo II-1. Construcción-Estructura, compartimentado y estabilidad, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas: Parte C. Instalaciones de máquinas. Parte D. Instalaciones eléctricas. Parte E. Prescripciones complementarias relativas a espacios de máquinas sin dotación permanente. Parte F. Proyectos y disposiciones alternativos y buques que utilicen combustibles de bajo punto de inflamación. Parte G. Buques que utilicen combustibles de bajo punto de inflamación.
  29. 29.Código internacional de seguridad para los buques que utilicen gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación (Código IGF), adoptado por Resolución MSC.391(95) de la OMI: Parte A. Generalidades, Objetivo y prescripciones funcionales y Prescripciones generales. Parte A-1. Prescripciones específicas relativas a los buques que consumen gas natural como combustible. Parte B-1. Fabricación, calidad y pruebas. Parte C-1. Ejercicios y prácticas de emergencia. Funcionamiento. Parte D-1. Formación.
  30. 30.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo II-2. Construcción-Prevención, detección y extinción de incendios: Parte A. Generalidades. Parte B. Prevención de incendios y explosiones. Parte C. Supresión de incendios.
  31. 31.Código internacional de sistemas de seguridad contra incendios (Código SSCI), adoptado por Resolución MSC.98(73) de la OMI.
  32. 32.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo II-2. Construcción-Prevención, detección y extinción de incendios: Parte D. Evacuación. Parte E. Prescripciones operacionales. Parte F. Proyectos y disposiciones alternativos. Parte G. Prescripciones especiales.
  33. 33.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo III. Dispositivos y medios de salvamento: Parte A. Generalidades. Parte B. Prescripciones relativas a los buques y a los dispositivos de salvamento. Parte C. Proyectos y disposiciones alternativos.
  34. 34.Código internacional de dispositivos de salvamento (Código IDS), adoptado por Resolución MSC.48(66) de la OMI. Prescripciones sobre el mantenimiento, examen minucioso, prueba de funcionamiento, revisión y reparación de los botes salvavidas y los botes de rescate, dispositivos de puesta a flote y aparejos de suelta, adoptadas por Resolución MSC.402(96) de la OMI. Recomendación sobre las condiciones para la aprobación de estaciones de servicio de balsas salvavidas inflables, aprobada por Resolución A.761(18) de la OMI.
  35. 35.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo IV. Radiocomunicaciones.
  36. 36.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo V. Seguridad de la Navegación. Orden FOM/2472/2006, de 20 de julio, por la que se regula el uso de la cartografía electrónica y de los sistemas de información y visualización de cartas electrónicas a bordo de los buques.
  37. 37.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo VI. Transporte de cargas y combustible líquido. Capítulo VII. Transporte de mercancías peligrosas. Capítulo VIII. Buques nucleares.
  38. 38.Código de prácticas de seguridad para la estiba y sujeción de la carga (Código ESC), aprobado por Resolución A.714(17) de la OMI.
  39. 39.Código marítimo internacional de cargas sólidas a granel (Código IMSBC), adoptado por Resolución MSC.268(85) de la OMI.
  40. 40.Código internacional para el transporte sin riesgos de grano a granel, aprobado por Resolución MSC.23(59) de la OMI: Parte A. Prescripciones particulares. Parte B. Cálculo de los momentos escorantes supuestos e hipótesis generales. Código internacional para la seguridad del transporte de combustible nuclear irradiado, plutonio y desechos de alta actividad en bultos a bordo de los buques (Código CNI), adoptado por Resolución MSC.88(71) de la OMI.
  41. 41.Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (IMDG), adoptado por Resolución MSC.122(75) de la OMI: Parte 1. Disposiciones generales, definiciones y capacitación. Parte 2. Clasificación. Parte 3. Lista de mercancías peligrosas, disposiciones especiales y excepciones. Parte 5. Procedimientos relativos a la remesa. Parte 7. Disposiciones relativas a las operaciones de transporte.
  42. 42.Código internacional de Quimiqueros (Código CIQ), adoptado por Resolución MSC.4(48) de la OMI.
  43. 43.Código Internacional de Gaseros (Código CIG), adoptado por Resolución MSC.5(48) de la OMI.
  44. 44.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo IX. Gestión de la seguridad operacional de los buques. Código internacional de gestión de la seguridad (Código IGS), aprobado por la Resolución A.741(18) de la OMI: Parte A. Implantación. Parte B. Certificación y verificación. Apéndice. Reglamento (CE) 336/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006, sobre la aplicación en la Comunidad del Código internacional de gestión de la seguridad y por el que se deroga el Reglamento (CE) 3051/95 del Consejo.
  45. 45.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo X. Medidas de seguridad aplicables a las naves de gran velocidad. Código internacional de seguridad para naves de gran velocidad, 2000 (Código NGV 2000), adoptado por Resolución MSC.97(73) de la OMI.
  46. 46.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo XI-1. Medidas especiales para incrementar la seguridad marítima. Capítulo XI-2. Medidas especiales para incrementar la protección marítima. Directrices para el mantenimiento de los registros sinópticos continuos, aprobada por Resolución A.959(23) de la OMI. Código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias (Código PBIP): Preámbulo. Parte A. Prescripciones obligatorias relativas a las disposiciones del capítulo XI-2 del convenio SOLAS. Apéndice. Reglamento (CE) 725/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, relativo a la mejora de la protección de los buques y las instalaciones portuarias. Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo.
  47. 47.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo XII. Medidas de seguridad adicionales aplicables a graneleros. Normas relativas a la resistencia de los mamparos y el doble fondo de los graneleros, aprobadas por la Resolución 4 de la Conferencia de 1997 del convenio SOLAS. Normas para la inspección y el mantenimiento de las tapas de escotilla de los graneleros por parte del propietario, adoptadas por Resolución MSC.169(79) de la OMI. Normas y criterios relativos a las estructuras laterales de los graneleros de forro sencillo en el costado, adoptadas por Resolución MSC.168(79) de la OMI.
  48. 48.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo XIII. Verificación del cumplimiento. Código para la implantación de los instrumentos de la OMI (Código III), adoptado por Resolución A.1070(28) de la OMI. Marco y Procedimientos para el Plan de auditorías de los Estados Miembros de la OMI, adoptados por Resolución A.1211(34) de la OMI: Parte I. Marco para la auditoría de los Estados Miembros de la OMI. Parte II. Procedimientos para la auditoría de un Estado Miembro de la OMI.
  49. 49.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo XIV. Medidas de seguridad para los buques que operen en aguas polares. Código internacional para los buques que operen en aguas polares (Código POLAR), adoptado por Resolución MSC.385(94) de la OMI. Introducción. Parte I-A. Medidas de seguridad. Parte II-A. Medidas de prevención de la contaminación.
  50. 50.Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS). Capítulo XV. Medidas de seguridad para los buques que transportan personal industrial. Código Internacional de Seguridad para los Buques que Transportan Personal Industrial (Código IP), adoptado por Resolución MSC.527(106) de la OMI.
  51. 51.Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, aprobado por Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre. Real Decreto 799/2011, de 10 de junio, por el que se establecen las obligaciones que incumben al Ministerio de Fomento en materia de seguridad marítima y prevención de la contaminación marina sobre buques españoles.
  52. 52.Real Decreto 701/2016, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos que deben cumplir los equipos marinos destinados a ser embarcados en los buques.
  53. 53.Código para las organizaciones reconocidas (Código OR), adoptado por Resolución MSC.349(92) de la OMI. Real Decreto 877/2011, de 24 de junio, sobre reglas y estándares comunes para las organizaciones de inspección y reconocimiento de buques y para las actividades correspondientes de la Administración marítima.
  54. 54.Reglamento por el que se regulan las inspecciones de buques extranjeros en puertos españoles, aprobado por Real Decreto 1737/2010, de 23 de diciembre. Reglamento (UE) 428/2010 de la Comisión, de 20 de mayo de 2010, que desarrolla el artículo 14 de la Directiva 2009/16/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las inspecciones ampliadas de buques. Procedimientos para la supervisión por el Estado Rector del Puerto, 2025, adoptados por Resolución A.1206(34) de la OMI.
  55. 55.Directrices para efectuar reconocimientos de conformidad con el Sistema armonizado de reconocimientos y certificación (SARC), 2025, adoptadas por Resolución A.1207(34) de la OMI. Reglamento de Reconocimiento de Buques y Embarcaciones Mercantes, aprobado por el Decreto 3384/1971, de 28 de octubre: Buques de nueva construcción. Reconocimientos periódicos. Disposiciones complementarias.
  56. 56.Real Decreto 733/2019, de 20 de diciembre, sobre un sistema de inspecciones para garantizar la seguridad en la explotación de buques de pasaje de transbordo rodado y naves de pasaje de gran velocidad en servicio regular. Real Decreto 587/2024, de 25 de junio, sobre prescripciones específicas de estabilidad aplicables a los buques de pasaje de transbordo rodado. Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad: anexo II. Condiciones básicas de accesibilidad de los medios de transporte marítimo.
  57. 57.Real Decreto 1247/1999, de 16 de julio, sobre reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje que realicen travesías entre puertos españoles. Articulado. Directiva 2009/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, sobre las reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje: Anexos I, II y III.
  58. 58.Código internacional sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de graneleros y petroleros, 2011 (Código ESP 2011), adoptado por Resolución A.1049(27) de la OMI. Anexo A: Código sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de graneleros de forro sencillo en el costado y de doble forro en el costado. Anexo B: Código sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de petroleros de doble casco y que no tenga doble casco.
  59. 59.Real Decreto 543/2007, de 27 de abril, por el que se determinan las normas de seguridad y de prevención de la contaminación a cumplir por los buques pesqueros menores de 24 metros de eslora (L). Real Decreto 239/2019, de 5 de abril, por el que se establecen las condiciones para el desarrollo de la actividad de pesca-turismo.
  60. 60.Real Decreto 1032/1999, de 18 de junio, por el que se determinan las normas de seguridad a cumplir por los buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 metros. Real Decreto 1216/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca. Reglamento (UE) 2017/1130 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, por el que se definen las características de los barcos de pesca.
  61. 61.Reglamento de buques y embarcaciones históricos y sus reproducciones singulares, aprobado por Real Decreto 784/2021, de 7 de septiembre.
  62. 62.Real Decreto 1661/1982, de 25 de junio, por el que se declaran de aplicación a todos los buques y embarcaciones mercantes nacionales los preceptos del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, y su protocolo de 1978. Orden de 10 de junio de 1983 sobre normas complementarias de aplicación al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, y su Protocolo de 1978, a los buques y embarcaciones mercantes nacionales.
  63. 63.Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo.
  64. 64.Convenio sobre el Reglamento Internacional para prevenir los abordajes, 1972 (COLREG).
  65. 65.Real Decreto 963/2013, de 5 de diciembre, por el que se fijan las tripulaciones mínimas de seguridad de los buques de pesca y auxiliares de pesca y se regula el procedimiento para su asignación. Principios relativos a la dotación mínima de seguridad, adoptados por Resolución A.1047(27) de la OMI.
  66. 66.Reglamento de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de mercancías peligrosas en los puertos, aprobado por Real Decreto 145/1989, de 20 de enero: Título I. Disposiciones generales. Título II. Clasificación e identificación de las mercancías peligrosas. Título III. Manipulación de mercancías peligrosas: Capítulo III-1. Explosivos. Capítulo III-10. Hidrocarburos, gases licuados y productos químicos a granel. Título VI. Planes de emergencia y autoprotección. Reglamento de Explosivos, aprobado por Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero: Título IX. Capítulo V. Transporte marítimo, fluvial y en embalses. Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, aprobado por Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre: Título IX. Capítulo V. Transporte marítimo, fluvial y en embalses.
  67. 67.Real Decreto 995/2003, de 25 de julio, por el que se establecen los requisitos y procedimientos armonizados para las operaciones de carga y descarga de los buques graneleros. Código de prácticas para la seguridad de las operaciones de carga y descarga de graneleros (Código BLU), aprobado por Resolución A.862(20) de la OMI.
  68. 68.Reglamento de Radiocomunicaciones (modificado hasta (CMR-07) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT): Terminología y características técnicas. Frecuencias. Asignación y empleo de las frecuencias. Interferencias. Disposiciones administrativas. Comunicaciones de socorro y seguridad. Servicios marítimos.
  69. 69.Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles, aprobado por Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre.
  70. 70.Directrices para la armonización de las prescripciones relativas al Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos (SMSSM) para las instalaciones radioeléctricas a bordo de los buques a los que se aplica el Convenio SOLAS, aprobadas por Circular COMSAR/Circ.32/Rev.3 de la OMI.
  71. 71.Servicio Mundial de Radioavisos Náuticos (SMRN), aprobado por Resolución A.706(17) de la OMI. Manual de los servicios internacionales SafetyNET, aprobado por Circular MSC.1/Circ.1364/Rev.2 de la OMI.
  72. 72.Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo, 1979 (SAR). Manual internacional de los servicios aeronáuticos y marítimos de salvamento (Manual IAMSAR. Volumen III). Real Decreto 665/1999, de 23 de abril, por el que se regula el Registro de las personas que viajan a bordo de buques de pasaje. Orden de 23 de junio de 1999 por la que se establecen determinadas prescripciones a cumplir por los buques de pasaje en aplicación del Real Decreto 665/1999, de 23 de abril.
  73. 73.Ley 2/2024, de 1 de agosto, de creación de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil. Estatuto orgánico de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil; aprobado por el Real Decreto 141/2026, de 25 de febrero: Capítulo I. Disposiciones generales. Capítulo II. Actividad de la Autoridad. Capítulo III. Estructura orgánica. Real Decreto 800/2011, de 10 de junio, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes marítimos y la Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos. Código de normas internacionales y prácticas recomendadas para la investigación de los aspectos de seguridad de siniestros y sucesos marítimos (Código de Investigación de Siniestros), aprobado por Resolución MSC.255(84) de la OMI.
  74. 74.Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (MARPOL): Articulado. Protocolo I. Disposiciones para formular los informes sobre sucesos relacionados con sustancias perjudiciales. Protocolo II. Arbitraje. Protocolo de 1978 relativo al Convenio MARPOL. Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio MARPOL.
  75. 75.Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (MARPOL). Anexo I. Reglas para prevenir la contaminación por hidrocarburos.
  76. 76.Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (MARPOL). Anexo II. Reglas para prevenir la contaminación por sustancias nocivas líquidas transportadas a granel.
  77. 77.Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (MARPOL). Anexo III. Reglas para prevenir la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por mar en bultos. Anexo IV. Reglas para prevenir la contaminación por las aguas sucias de los buques.
  78. 78.Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (MARPOL). Anexo V. Reglas para prevenir la contaminación por las basuras de los buques. Directrices para la implantación del anexo V del Convenio MARPOL, aprobadas por Resolución MEPC.295(71) de la OMI.
  79. 79.Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (MARPOL). Anexo VI. Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques. Código técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código NOx).
  80. 80.Reglamento (UE) 2015/757 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, relativo al seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de dióxido de carbono generadas por el transporte marítimo y por el que se modifica la Directiva 2009/16/CE. Reglamento (UE) 2023/1805 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2023, relativo al uso de combustibles renovables y combustibles hipocarbónicos en el transporte marítimo y por el que se modifica la Directiva 2009/16/CE.
  81. 81.Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, por el que se fijan las especificaciones de gasolinas, gasóleos, fuelóleos y gases licuados del petróleo, se regula el uso de determinados biocarburantes y el contenido de azufre de los combustibles para uso marítimo. Decisión de Ejecución (UE) 2015/253 de la Comisión, de 16 de febrero de 2015, por la que se establecen las normas relativas al muestreo y los informes de conformidad.
  82. 82.Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias,1972 (LC), modificado por el Protocolo de 1996 relativo al Convenio LC. Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino. De los vertidos en el mar (Título IV).
  83. 83.Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo, 1976 (Convenio de Barcelona): Articulado. Protocolo sobre la prevención de la contaminación causada por vertidos desde buques y aeronaves de 1976. Protocolo sobre cooperación para prevenir la contaminación por los buques y, en situaciones de emergencia, combatir la contaminación del Mar Mediterráneo de 2002. Protocolo para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación causada por fuentes y actividades situadas en tierra de 1980. Protocolo sobre las zonas especialmente protegidas y la diversidad biológica en el Mediterráneo de 1995. Protocolo relativo a la gestión integrada de las zonas costeras del Mediterráneo de 2008.
  84. 84.Convenio para la Protección del Medio Ambiente Marino del Atlántico del Nordeste, 1992 (Convenio OSPAR): Articulado. Anexo I. Sobre la prevención y eliminación de la contaminación de origen terrestre. Anexo II. Sobre la prevención y eliminación de la contaminación provocada por vertidos o incineración. Anexo III. Sobre la prevención y eliminación de la contaminación procedente de fuentes mar adentro. Anexo IV. Sobre la evaluación de la calidad del medio marino. Anexo V. Sobre la Protección y la Conservación de los Ecosistemas y la Diversidad Biológica de la Zona Marítima. Apéndices. Acuerdo de cooperación para la protección de las costas y de las aguas del Atlántico Nordeste contra la polución, 1990 (Acuerdo de Lisboa).
  85. 85.Convenio Internacional relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Accidentes que causen o puedan causar una Contaminación por Hidrocarburos, 1969. Protocolo relativo a la intervención en alta mar en casos de contaminación del mar por sustancias distintas de los hidrocarburos, 1973. Convenio Internacional sobre cooperación, preparación y lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos, 1990 (Convenio OPRC). Protocolo sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra los sucesos de contaminación por sustancias nocivas y potencialmente peligrosas, 2000 (Protocolo OPRC-HNS).
  86. 86.Convenio Internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004 (Convenio BWM). Reglas para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques. Código para la aprobación de los sistemas de gestión del agua de lastre, adoptado por Resolución MEPC.300(72) de la OMI. Convenio Internacional sobre el control de los sistemas antiincrustantes perjudiciales en los buques, 2001 (Convenio AFS).
  87. 87.Reglamento (UE) 1257/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativo al reciclado de buques y por el que se modifican el Reglamento (CE) 1013/2006 y la Directiva 2009/16/CE. Convenio Internacional de Hong Kong para el reciclaje seguro y ambientalmente racional de los buques, 2009.
  88. 88.Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero, sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos de buques. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Servicio de recepción de desechos generados por buques: Artículos 63 y 132.
  89. 89.Sistema Nacional de Respuesta ante la contaminación marina, aprobado por Real Decreto 1695/2012, de 21 de diciembre. Plan Marítimo Nacional de respuesta ante la contaminación del medio marino, aprobado por Orden FOM/1793/2014, de 22 de septiembre.
  90. 90.Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima, aprobado por el Real Decreto 186/2023, de 21 de marzo. Real Decreto 131/2019, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la obligación de consignación de buques.
  91. 91.Orden FOM/1194/2011, de 29 de abril, por la que se regula el procedimiento integrado de escala de buques en los puertos de interés general. Real Decreto 1334/2012, de 21 de septiembre, sobre las formalidades informativas exigibles a los buques mercantes que lleguen a los puertos españoles o que salgan de éstos. Reglamento (UE) 2019/1239 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por el que se crea un entorno europeo de ventanilla única marítima y se deroga la Directiva 2010/65/UE.
  92. 92.Reglamento (CEE) 3577/92 del Consejo, de 7 de diciembre de 1992, por el se aplica el principio de libre prestación de servicios a los transportes marítimos dentro de los Estados miembros (cabotaje marítimo). Real Decreto 1516/2007, de 16 de noviembre, por el que se determina el régimen jurídico de las líneas regulares de cabotaje marítimo y de las navegaciones de interés público: Régimen general y Contratos de navegación de interés público. Reglamento (CEE) 4055/86 del Consejo, de 22 de diciembre de 1986, relativo a la aplicación del principio de libre prestación de servicios al transporte marítimo entre Estados miembros y entre Estados miembros y países terceros. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Navegación de Cabotaje: Artículos 8.4 y 257.
  93. 93.Reglamento General de Practicaje, aprobado por Real Decreto 393/1996, de 1 de marzo. Orden FOM/2417/2007, de 25 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la capacitación profesional para la prestación de los servicios de practicaje portuario. Orden FOM/1621/2002, de 20 de junio, por la que se regulan las condiciones para el otorgamiento de exenciones al servicio portuario de practicaje.
  94. 94.Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, por el que se establecen los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo para garantizar la seguridad de la vida humana en la mar y se determinan las condiciones que deben reunir las entidades colaboradoras de inspección. Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo. Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes: Capítulo I.
  95. 95.Real Decreto 804/2014, de 19 de septiembre, por el que se establecen el régimen jurídico y las normas de seguridad y prevención de la contaminación de los buques de recreo que transporten hasta doce pasajeros.
  96. 96.Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas. Real Decreto 1043/2003, de 1 de agosto, por el que se establecen determinadas medidas de seguridad para la utilización de artefactos náuticos de recreo autopropulsados. Reglamento de las condiciones de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar aplicables a las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náutico-deportivas, aprobado por Real Decreto 62/2008, de 25 de enero.
  97. 97.Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.
  98. 98.Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques. Orden de 16 de diciembre de 1998 por la que se regula el procedimiento abreviado de registro y matriculación de las motos náuticas. Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo, por el que se regula el otorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas embarcaciones de recreo. Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas, aprobado por Real Decreto 607/1999, de 16 de abril.
  99. 99.Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo.
  100. 100.Convenio de Atenas relativo al transporte de pasajeros y sus equipajes por mar, 1974 (PAL). Protocolo de 2002 al Convenio PAL. Reglamento (CE) 392/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre la responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente. Real Decreto 270/2013, de 19 de abril, sobre el certificado del seguro o la garantía financiera de la responsabilidad civil en el transporte de pasajeros por mar en caso de accidente.
  101. 101.Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil nacida de daños debidos a Contaminación por Hidrocarburos, 1992 (CLC). Convenio internacional sobre la constitución de un fondo internacional de indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos, 1992 (FUND). Protocolo de 2003 relativo al Convenio FUND. Convenio Internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos para combustible de los buques, 2001 (BUNKERS). Real Decreto 1892/2004, de 10 de septiembre, por el que se dictan normas para la ejecución del Convenio CLC. Real Decreto 1795/2008, de 3 de noviembre, por el que se dictan normas sobre la cobertura de la responsabilidad civil por daños causados por la contaminación de los hidrocarburos para combustible de los buques. Real Decreto 1616/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el seguro de los propietarios de los buques civiles para reclamaciones de derecho marítimo.

Texto literal del programa. Fuente: Convocatoria de acceso libre. BOE 23/04/2026 · BOE-A-2026-8893.

Requisitos

Titulación, según la última convocatoria: «Se entenderá que se está en condiciones de obtener dicho título mediante el certificado del órgano educativo competente que acredite la superación de todas las asignaturas o créditos ECTS exigidos y, en su caso, el abono de las tasas académicas correspondientes a la expedición del título.»

  • Nacionalidad española (o de la UE y casos asimilados, salvo cuerpos con funciones de autoridad).
  • Tener 16 años y no superar la edad de jubilación forzosa (algunos cuerpos fijan otros límites).
  • Capacidad funcional para las tareas del puesto.
  • No haber sido separado del servicio ni estar inhabilitado para empleo público.

Requisitos generales del TREBEP (arts. 56 y 76). Cada convocatoria puede añadir otros (edad, altura, carné…): mira siempre sus bases.

Lo que falta por publicar

  • · Fechas de la convocatoria 2026.